ANÁLISIS DEL IMPACTO DEL IMPUESTO AMBIENTAL EN EL ECUADOR, ZONA 3. ANALYSIS OF THE ENVIRONMENTAL IMPACT IN ECUADOR, ZONE 3.


Mayra Patricia Bedoya Jara, Ana María Oviedo Bejarano, Edgar Fabián Mera Bozano, Santiago Xavier Flores Brito.
Institución: Universidad Técnica de Ambato
Facultad de Contabilidad y Auditoría.

mp.bedoya@uta.edu.ec, edgarfmera@uta.edu.ec, santiagoxflores@uta.edu.ec

RESUMEN
El Ecuador ha realizado importantes esfuerzos dentro de la legislación interna a fin de fomentar las conductas ecológicas responsables en la ciudadanía, particularmente en reformas tributarias que buscan incentivar el reciclaje, y desincentivar prácticas contaminantes de los automotores, partiendo de un principio básico de la tributación ambiental: quien contamina, paga. Si bien ha existido una amplia recuperación del impuesto redimible a las botellas plásticas, que muestra una conducta de reciclaje, conforme a la presente investigación se ha podido determinar que el impuesto ambiental a los vehículos motorizados, en la práctica no ha cumplido su labor, toda vez que no se ha notado cambio en la conducta del consumidor por efecto del impuesto; sin embargo con un efecto recaudatorio, aunque mínimo frente al total recaudado por la Administración tributaria, ha permitido implementar por parte del Gobierno medidas ambientales importantes como el mejoramiento y fortalecimiento de la calidad del combustible, lo que genera menor contaminación, el impuesto en su estructura y fundamento teórico no ha alterado la carga fiscal del contribuyente, conforme su diseño en el Ecuador el tributo al ambiente es un impuesto progresivo de fácil recaudación que no ha creado efectos negativos a nivel empresarial.

Palabras clave: Ambiente, Impuestos, Fiscalidad Verde, Contaminación, Sostenibilidad

ABSTRACT
Ecuador has made important efforts within domestic legislation to promote responsible ecological behaviors in citizenship, particularly in tax reforms that seek to encourage recycling, and to discourage polluting practices of motor vehicles, based on a basic principle of environmental taxation : Who defiles, pays. Although there has been an extensive recovery of the tax on plastic bottles, which shows a recycling behavior, according to the present investigation it has been possible to determine that the environmental tax on motorized vehicles has not, in practice, fulfilled its task, Since there has been no change in consumer behavior as a result of the tax; However with a collection effect, although minimal compared to the total collected by the Tax Administration, has allowed the Government to implement important environmental measures such as the improvement and strengthening of fuel quality, which generates less pollution, the tax on its structure And the theoretical basis has not altered the tax burden of the taxpayer, according to its design in Ecuador the environmental tax is a progressive tax of easy collection that has not created negative effects at the corporate level.
Keywords: Environment, Taxation, Green Taxation, Pollution, Sustainability

INSTRODUCCIÓN

A nivel nacional las condiciones naturales han privilegiado al Ecuador (los países enclavados en los Andes tropicales son el primer “punto caliente” de biodiversidad del planeta pues albergan el mayor número de especies endémicas, tanto en plantas como en vertebrados, está entre los 17 países mega diversos del mundo y es el más diverso por unidad de superficie), pero no es ajeno a los problemas medio ambientales. Oliva N, Alava Ana, Mancilla Alfredo & otros (2011) consideran que “la región andino-tropical ha sufrido una gran pérdida de hábitats naturales, tanto que en la actualidad sólo un 25% de la vegetación podría considerarse original, existen 2.180 especies amenazadas por destrucción de su hábitat, tráfico de especies o caza y pesca indiscriminadas)”.
Lo anterior demuestra la necesidad de que se retome el debate, en el que el Estado delimite una política ambiental que concientice y regule los comportamientos de las personas y empresas. Esto último es especialmente relevante en un país donde no se han alcanzado las condiciones de vida adecuadas para la población y por tal no puede descuidar el ámbito productivo.
Uno de los principales mecanismos de intervención del Estado en la economía que es la política fiscal ofrece algunas herramientas que han sido efectivas para alcanzar algunos objetivos.
A nivel nacional ya se evidencian esfuerzos encaminados a la conservación del ambiente, en la Constitución (2008) le otorga derechos a la naturaleza, el Plan Nacional para el Buen Vivir señala, como una de las estrategias, la “sostenibilidad, conservación, conocimiento del patrimonio natural y fomento del turismo comunitario”, y plantea el objetivo de “garantizar los derechos de la naturaleza y promover un ambiente sano y saludable”. La relación entre estos preceptos y la política tributaria está respaldada en el artículo 300 de la Constitución, donde se explica la necesidad de que el sistema tributario tenga como uno de sus objetivos la promoción de comportamientos amigables con el medio ambiente: “la política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo, la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas responsables”.
Así mismo en el Ecuador existe la Ley de Fomento Ambiental, mismo que fue expedido en el año 2011, basándose en la Constitución (2008) que determina que se “reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”.
En función de las competencias constitucionales otorgadas, y con el objetivo de que mediante la aplicación de tributos se pueda lograr una conducta ecológica y concientización de los ecuatorianos y ecuatorianas frente a la problemática actual que atraviesa el país en relación a la contaminación ambiental, mediante suplemento del Registro oficial N. 583 del 24 de noviembre de 2011 se publica la LEY DE FOMENTO AMBIENTAL Y OPTIMIZACIÓN DE LOS INGRESOS DEL ESTADO, en donde entre otros se crea el IMPUESTO AMBIENTAL A LA CONTAMINACION VEHICULAR y el IMPUESTO REDIMIBLE A LAS BOTELLAS PLÁSTICAS NO RETORNABLES.
En este escenario de oportunidades y de acciones comunes a nivel internacional, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) afirma que los impuestos verdes tienen la capacidad de resarcir ciertas fallas del Mercado, con la incorporación del impacto que sufre el medio ambiente a través de los precios de los bienes contaminantes. Asimismo, las tasas impositivas llevan a los productores y consumidores a tener un comportamiento más amigable o consciente de su entorno; también supone incentivos para el desarrollo de tecnologías menos contaminantes. En cuanto al diseño de los impuestos medioambientales, la OCDE precisa que éstos deben recaer en los contaminantes o en la acción dañina al medio ambiente; su cobertura debe ser tan amplia como lo es el contaminante en sí y deben tener la magnitud del daño que causan, a fin de acarrear mejoras en el entorno. Por otro lado, los impuestos deben estar inscritos en una consolidación fiscal que permita la complementariedad, modificaciones o reducciones dentro del esquema impositivo, y que puedan sumarse a otras políticas para que tengan un mayor impacto en ciertas áreas. Impuestos verdes: su impacto ambiental. Creación de mercados y tendencias en política ambiental (Centro de Estudios fiscales, 2014).
El diseño de un impuesto ambiental debe ser estructurado a través de los principios tributarios constitucionales, particularmente aquel que tiene relación con la capacidad contributiva, económicamente viable y cuyo recurso obtenido del ciudadano que actúe como sujeto pasivo del impuesto sea direccionado adecuadamente en la política ambiental.
El medio ambiente es multidisciplinario y variado. Afectado siempre por el impacto físico y natural de las actividades humanas. Conforme a datos proporcionados por la agencia nacional tránsito en el 2014 se registró un total de 1.934.384 vehículos ; este número incluye automóviles, camionetas, Suv, camiones, ómnibus, volquetas, especiales, tráileres, tanqueros, multiusos y ortopédicos, que son o pueden ser causantes de contaminación ambiental, sobre aquellos de alguna manera deben ejercerse controles y supervisiones, mediante “fiscalidad verde” para el funcionamiento que certifiquen un correcto y adecuado trabajo de todos los sistemas
En nuestro medio existen mínimas medidas regulatorias para protección de la naturaleza, debido a la falta de consideración de los límites físicos del planeta en el sistema económico, “las decisiones de consumo y producción no toman en cuenta las consecuencias que pueden tener sobre terceros que nada tuvieron que ver con la toma de esas decisiones; tales efectos se conocen como externalidades” (Griffiths & Wall, 2004, p. 172) y pueden ser positivas o negativas. La existencia de las externalidades hacen que los costos privados y los costos sociales de una actividad económica sean diferentes, es así que cuando las externalidades son negativas, como la contaminación causada por las aguas contaminadas de la industria textil, o las emisiones de CO2 al ambiente los costos sociales son mayores que los costos privados; cuando las externalidades son positivas, como la captura de carbono generada por los árboles sembrados para la rehabilitación de los parques dentro de la ciudad, los costos sociales son menores que los costos privados (en este caso, valdría la pena hablar de beneficios sociales mayores que los beneficios privados).
Así pues, el Estado puede hacer uso de varios instrumentos de política ambiental. Están las medidas de comando y control, que se refieren a regulaciones a través de la normativa legal. Por el otro lado están los mecanismos de instrumentos económicos, denominados así porque buscan corregir los precios de bienes y servicios para que incorporen el costo social, además del privado, incurrido en su producción o consumo, algunos ejemplos de estos son los impuestos ambientales o los permisos de emisión negociables. Esta clasificación, no implica de ninguna manera que la política ambiental opte por un tipo de instrumentos u otro; por lo general, ambos se complementan.
“Dentro de los instrumentos económicos, la política fiscal puede jugar un rol importante en la consecución de ciertos objetivos ambientales, a través de dos vías: (i) la recaudación de impuestos (y otras figuras tributarias como tasas o cánones) y (ir) el uso de los fondos públicos. La primera de ellas, los impuestos, actúa a través del cambio en la estructura de incentivos de los hogares y empresas lo cual afecta las decisiones de consumo, inversión y producción. La segunda, el gasto gubernamental, influye no sólo mediante los gastos recurrentes sino también mediante la inversión en infraestructura, el apoyo al desarrollo tecnológico, el fomento de sectores encaminados a proteger o mejorar la calidad del medio ambiente o a reducir los impactos negativos de las actividades económicas”. (Gómez, 2010)

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