NUEVO REAL DECRETO SOBRE PROTECCIÓN FÍSICA DE INSTALACIONES Y MATERIALES NUCLEARES E INSTALACIONES RADIACTIVAS.


Resumen:
El pasado mes de septiembre se ha aproado el Real Decreto sobre protección física de las instalaciones y materiales nucleares y de instalaciones radiactivas, recogiendo las principales novedades aportadas.

Palabras clave:
Decreto, nuclear, instalaciones, radiactivas, novedades.

La revisión del régimen de autorizaciones vigente,
El Consejo de Ministros de España aprobó el pasado mes de septiembre un Real Decreto sobre protección física de las instalaciones y materiales nucleares y de instalaciones radiactivas. El área de Protección Física del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) colaboró activamente con el Ministerio del Interior en la elaboración del nuevo Real Decreto que modifica el aprobado el año 1995.
Como principales novedades destacan:
-La revisión del régimen de autorizaciones vigente. A partir de ahora se contemplarán de forma separada las autorizaciones correspondientes a las instalaciones y las relativas a los transportes de material nuclear
-El incremento de las medidas de protección física que se aplican a las instalaciones, a los materiales nucleares y a las fuentes radiactivas más relevantes.
-Delimitación de las obligaciones básicas de los titulares en cuanto al control y protección de los materiales, instalaciones y transportes sujetos a la reglamentación, así como a criterios de clasificación de seguridad del personal de las instalaciones y transportes.
– Incorporación de un régimen de protección física de las fuentes radiactivas en las instalaciones en las que se utilizan, concretando en qué casos es obligatorio disponer de un sistema específico de protección física para su transporte.
– Refuerzo de las medidas de control y supervisión de las empresas que participen en los transportes de materiales nucleares y radiactivos.
El Real Decreto 158/1995, de 3 de febrero, sobre protección física de los materiales nucleares, establece que el ejercicio de las actividades de manipulación, procesado, almacenamiento y transporte de los materiales nucleares requerirá de una autorización específica que, a solicitud del interesado, será otorgada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con los informes previos del Ministerio del Interior y del Consejo de Seguridad Nuclear, conforme a sus normativas específicas.
La normativa española se encuadra dentro de la Convención sobre la protección física de los materiales nucleares del Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA), que entró en vigor en 1987 y que España ratificó como Estado miembro en 1991. Los Estados Parte de la Convención aprobaron en 2005 una enmienda que incrementa en parte los controles sobre los materiales nucleares, refuerza la cooperación internacional en este ámbito, e incorpora la protección física de las instalaciones nucleares. España autorizó la aceptación de la Enmienda y adapta ahora su legislación a través del nuevo Real Decreto.

Fuente: CSN

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